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LA INFORMACIÓN ES PODER

Esa frase la he escuchado miles de veces… Desde pequeña. Siempre la repetia una persona muy especial para mi, mi abuelo. Y cuanto más camino esta profesión, más compruebo que es absolutamente cierta. Cuando no conocemos nuestros derechos, nos exponemos.   Cuando no valoramos el poder de estar informados, podemos perder mucho más que tiempo o dinero.   Todos los días, en lo jurídico y en lo cotidiano, la falta de información hace que muchas personas pierdan oportunidades que podrían haber cambiado su destino. Lo veo a diario en temas menores, decisiones comunes…   Y también en cuestiones trascendentales. Por eso celebro los espacios que nos acercan a la información.   Las redes, los buscadores, la inteligencia artificial… nos conectan como nunca antes.     Pero también pueden confundirnos. Porque hay temas que no se resuelven con un tutorial.     Ni con una búsqueda rápida en Instagram.     Ni con una consulta automática. ...

Disconformidad con alta médica ART: recomendaciones para el damnificado

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  Disconformidad con alta médica ART: recomendaciones para el damnificado Al momento de resolver la disconformidad con el alta médica otorgada, por ejemplo si la ART me dio el alta y sigo con dolor, la decisión más inteligente es recurrir al asesoramiento de abogados con trayectoria, expertos en Derecho Laboral. ¿Qué hacer en caso de accidente o enfermedad profesional? El trabajador debe informar a su empleador, quien tiene la obligación de  comunicar el accidente o enfermedad a la ART , si la tuviera, o brindarle en forma inmediata las prestaciones médicas y asistenciales, si se tratara de un empleador autoasegurado. ¿Cómo actuar si el empleador no denuncia el accidente o enfermedad profesional? En ese caso, el mismo trabajador puede  efectuar la denuncia ante la ART  o los prestadores médicos habilitados por la misma. En la credencial de la ART, que  el empleador tiene la obligación de entregar a su trabajador , figura una línea telefónica gratuita para hace...

NUESTRO ROL COMO ABOGAD@S

La sociedad y también los abogados y abogadas cambiamos… hoy nos encontramos con una nueva manera de abogar, una nueva generación de abogados, distinta a los abogados de hace unos 20 o 30 años, ni mejor ni peor pero distinta, aunque debo confesar que desde mi punto de vista mejor a la versión original. Este abogado no solo debe ocuparse de lo “legal” sino también de empatizar y entender al cliente. Un abogado más cercano, más empático, más flexible, más dinámico. Para poder entender al cliente, debemos conocer en profundidad cuáles son sus expectativas, sus objetivos ante una determinada situación, es decir qué es lo que espera. También debemos saber cuáles son sus dudas y poder despejarlas de una manera clara. Entender cuáles son sus intenciones, qué es lo que desean, de qué manera esperan que podamos ayudarlos. Todas estas cuestiones se van a resolver en la entrevista con el cliente, y por eso es tan importante que nos tomemos el tiempo necesario en este primer encuentro que será...

DESPIDO DE LA TRABAJADORA EMBARAZADA EN PERIODO DE PRUEBA

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  El despido de la trabajadora embarazada, aún durante el período de prueba, es un supuesto tutelado por la LCT. Partes: Rouco Carol Débora c/ La Gota Farmacéutica S.R.L. s/ despido Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala/Juzgado: IX Fecha: 2-jul-2015 Cita: MJ-JU-M-93959-AR | MJJ93959 | MJJ93959 El despido de la trabajadora embarazada, aún durante el período de prueba, es un supuesto tutelado por la Ley de Contrato de Trabajo en virtud de la protección integral de la familia. Sumario: 1.-Corresponde admitir el agraviamiento indemnizatorio fundado en la vulneración de la estabilidad especial por maternidad prevista en el art. 177 de la LCT., puesto que la demandada reconoció haber recibido la comunicación del embarazo, y el despido directo se le comunicó dentro del período del tutela especial establecido en el art. 178 del mismo cuerpo legal. 2.-El hecho de que el despido directo se haya dispuesto dentro del período de prueba establecido en el art. 92 bis de la LCT...

COVID-19 ¿enfermedad profesional o enfermedad inculpable?

  1 – Antecedentes: El COVID-19 como enfermedad profesional El decreto 367/2020 (BO: 14/4/2020) dispuso que la enfermedad COVID-19, se consideraría -presuntivamente- una enfermedad de carácter profesional -no listada-, en los términos del apartado 2.b) del artículo 6 de la ley 24557, respecto de aquellos trabajadores dependientes excluidos del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio ordenado por el decreto 297/2020 y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales, mientras se encontrara vigente la medida de aislamiento dispuesta. Por el decreto 39/2021 (BO: 23/1/2021), se produjo una modificación de lo anterior. En realidad, este decreto tuvo por objeto prorrogar las indemnizaciones incrementadas del decreto 34/2019, pero, complementariamente, estableció que por el término de 90 días corridos, contados a partir de la vigencia del decreto (la vigencia fue a partir del 23/1/2021), se seguiría considerando a la enfermedad COVID-19 de carácter profesio...

NOVEDAD !!!! BONO PARA TRABAJADORES

Novedad explosiva! Súper bono para la Trabajadores de la empresa de neumáticos Bridgestone. La empresa pagará a todos sus trabajadores un bono de $730.000 en concepto de distribución de las ganancias de la empresa. El beneficio, un CASO ÚNICO EN EL PAÍS según el gremio del sector, se cobrará en dos pagos de $365.000 a abonarse el 11 de febrero y el 11 de mayo. Tendrá el mismo monto para cada uno de los 1.550 empleados de la compañía, desde sus cuadros gerenciales hasta sus empleados de jerarquías más bajas, siempre que tengan un año de antigüedad. La participación de los trabajadores en las ganancias de la empresa está contemplada en el artículo 14 bis de la Constitución. Pese a ello, la cláusula acordada entre Bridgestone y el Sindicato Unico de Trabajadores del Neumático (Sutna) no tiene otros antecedentes en el país, según fuentes gremiales. El bono se estima en base a las ganancias que excedan el 6% de la facturación anual de la empresa. Un tercio de esa suma está destinada a los t...